jueves, 17 de octubre de 2013

El secreto de confesión o el estado de derecho (2)

La Audiencia Nacional ha condenado a dos policías por facilitar información a gentes del entorno de ETA con la finalidad de no entorpecer el proceso de paz. Con este resultado se ha dictado sentencia en el llamado caso “Bar Faisán” porque los magistrados llegan a la conclusión de que unos policías facilitaron el chivatazo a un familiar de un etarra alertándole sobre su detención.
Los asesores jurídicos del Ministerio del Interior deberían recomendar a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado – siempre me ha parecido esta denominación un poco subida de tono – que para futuras actuaciones de semejante índole estos chivatazos se realicen mediante confesión eclesiástica utilizando como intermediario a un cura. Si se investiga sobre el asunto o se descubre el pastel siempre se podrá alegar, como en el caso de los bienes devueltos a la iglesia del valle de Arán, que no se puede facilitar ninguna información por estar bajo el secreto de confesión. Que fácil les hubiera resultado a Pamiés y Ballesteros ir a la iglesia del pueblo, en vez de al bar, y decirle al cura que avisara al etarra sobre su detención. Llegados al juicio, el sacerdote sólo tendría que decir que todo está bajo secreto de confesión y a otra cosa, mariposa.
Tanto darle vueltas al código penal, a la protección legal de las comunicaciones y a las estrategias policiales para descubrir, años después, que la solución está en los confesionarios.        

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